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lunes, 22 de noviembre de 2010

Liquidación de la Sociedad de Gananciales

PREGUNTA: Mi marido y yo vamos a tramitar el divorcio para posteriormente hacer la liquidación de gananciales. En este punto tenemos cierta confusión con el reparto ya que yo aporté en su día 60.000 euros más que él para la compra de la vivienda.
La situación es la siguiente: Tenemos:
La vivienda, valorada en 200.000 euros, un garaje con un valor de 30.000 euros, un vehículo (15.000 euros) y unos ahorros en cuenta de 20.000 euros.
Nos queda por pagar de hipoteca 100.000 euros y un préstamo personal de 15.000 euros.
La idea es que yo me quede con la casa y él con el garaje y el coche. Y los ahorros a medias.
¿Cómo podemos liquidar teniendo en cuenta el hecho de mi aportación de 60.000 euros a la vivienda?

RESPUESTA: La liquidación debería hacerse de la siguiente manera:

ACTIVO:
- Vivienda: 200.000 euros
- Garaje: 30.000 euros
- Coche: 15.000 euros
- Ahorros c/c: 20.000 euros
Total activo: 265.000 euros

PASIVO:
- Hipoteca: - 100.000 euros
- Préstamo personal: -15.000 euros
- Aportación a la compra de la vivienda: - 60.000 euros
Total pasivo: - 175.000 euros

TOTAL NETO: 90.000 euros, que repartido entre los dos serían: 45.000 euros cada uno


Las ADJUDICACIONES se podrían plantear de la siguiente manera

USTED:
- Vivienda: 200.000 euros
- Parte ahorros: 5.000 euros
- Hipoteca: - 100.000 euros
- Devolución aportación a la compra vivienda:  - 60.000

Total: 45.000 euros


SU MARIDO:
- Garaje: 30.000 euros
- Coche: 15.000 euros
- Parte ahorros: 15.000 euros restantes
- Préstamo personal: - 15.000 euros

Total: 45.000 euros

El problema ya no es tanto la forma de liquidar y adjudicarse los bienes y deudas, sino la subrogación, cancelación o novación del préstamo hipotecario de la vivienda, ya que el Banco puede ver mermadas las garantías personales para el pago de la hipoteca y poner dificultades o simplemente negarse.

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