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sábado, 6 de noviembre de 2010

Consulta Partición Herencia - Impuesto Sucesiones

PREGUNTA: Mis padres fallecieron, uno en 2004 y otro hace un mes. En su testamento dejaron sus bienes repartido a partes iguales entre sus 4 hijas. Tenían un piso y algo de dinero.
Tenemos (las 4 hermanas) los certificados de defunción y las últimas voluntades de los dos. La duda que tenemos es la siguiente: Como no vamos a vender el piso todavía, ¿con hacer un escrito privado de aceptación de la herencia por parte de las cuatro hermanas, pagar el Impuesto de Sucesiones y la Plusvalía antes de 6 meses sería suficiente?.
La idea es no ir a ningún Notario hasta que decidamos qué hacer con el piso en un futuro: venderlo o quedárselo una de las hermanas. Es decir, aceptamos la herencia pero no hacemos nada más. ¿Esto sería correcto?

RESPUESTA:
Efectivamente. Podéis limitaros a liquidar el Impuesto de Sucesiones y la Plusvalía Municipal sin tener que ir al Notario ni al Registro de la Propiedad. Más adelante, cuándo decidáis vender a un tercero o adjudicar el piso a un solo heredero (hermana) podéis acudir a la Notaría. Esto os puede ahorrar muchos costes, porque, por ejemplo, si ahora os adjudicáis el piso por partes iguales y luego decidís que se lo quede uno de los herederos (hermana), duplicaríais los gastos. Es obligatorio liquidar el Impuesto de Sucesiones pero no ir al Notario o al Registro de la propiedad.

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